Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-

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ATRIBUCIONES 

Segun el Articulo 11 del Acuerdo Gubernativo No. 746-99 se reforma el Artículo 27,  deja a la UPCEF con las atribuciones  siguientes:

 

  1. Definir y aplicar en coordinación con las Unidades Ejecutoras, los criterios y mecanismos de ejecución técnica en los proyectos específicos de desarrollo rural bajo la rectoría del Ministerio.
  2. Propiciar la gestión eficiente y eficaz de los instrumentos de cooperación técnica y financiera vinculados a las actividades desarrolladas por el Ministerio.
  3. Negociar, supervisar y armonizar en concordancia con la política de crédito establecida por el Ministerio todos los fideicomisos constituidos y por constituirse en cualquier entidad del sector.
  4. Representar al Ministerio en los Comités Técnicos a constituirse en cada uno de los fideicomisos y actuar como interlocutor entre el fiduciario y el fideicomitente.
  5. Recopilar la información sobre la administración financiera de los fideicomisos del Ministerio.
  6. Velar por el cumplimiento de las condiciones establecidas para cada fideicomiso y de su normativa respectiva.
  7. Proponer las medidas correctivas que sean necesarias para un manejo sano de la cartera fideicometida.
  8. Planificar en el marco de las políticas sectoriales, las acciones inherentes a la Unidad;
  9. Realizar las demás funciones que le indique el Despacho Ministerial y sean de su competencia.
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7ave. 12-90 zona 13 Edificio Monja Blanca

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